Esta misma semana la Comunidad de Madrid ha anunciado que la mayoría de restricciones que quedaban en la capital, las que tienen que ver con los horarios y aforos, quedarán eliminadas a partir del próximo lunes 4 de octubre.
Concretamente, los aforos en el interior y el exterior de los establecimientos y comercios públicos, así como el número máximo de comensales por mesa ya no estarán vigentes, al igual que volverá el consumo en las barras de hostelería de forma parcial.
Todo ello ha generado dudas entre los ciudadanos sobre la norma del uso obligatorio de mascarillas, sobre si seguirá estando vigente o no, algo que se contemplará este mismo viernes en la nueva norma que se publicará en el Boletín de la Comunidad de Madrid.
El uso de mascarillas en la Comunidad de Madrid
Concretamente, el uso de mascarilla seguirá está vigente aunque finalicen el resto de medidas, tal y como contempla la regulación actual.
De este modo, los madrileños mayores de 6 años deberán llevar mascarilla siempre en el interior de los establecimientos de uso público, tanto los que sean de índole privada como los pertenecientes a las instituciones.
La única excepción para quitarse la mascarilla en un espacio público cerrado es dentro de la hostelería, donde los clientes pueden quitársela cuando vayan a consumir bebidas o alimentos, teniendo después que volver a ponérsela.
Por otro lado, en la calle y en los lugares exteriores, al aire libre, los ciudadanos podrán ir sin mascarilla, siempre y cuando se guarde la distancia de seguridad entre personas de 1,5 metros. En caso de que se den aglomeraciones o las calles estén muy transitadas y no se pueda guardar esta distancia, habrá que ponérsela.
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